CARACTERISTICAS DE LOS LEASING


Mediante esta modalidad, compramos el bien al proveedor nacional o extranjero que hayas seleccionado previamente y te otorgamos el activo en  arrendamiento a cambio del pago de cuotas periódicas por un plazo determinado, al término del cual podrás ejercer la opción de compra del bien al precio previamente pactado.

Realizamos operaciones de leasing y leaseback sobre cualquier activo nacional o importado (nuevo o usado), con la única condición que sea tangible,  identificable y asegurable:

        Inmuebles (incluso proyectos en construcción)

        Maquinaria y Equipo en general

        Vehículos (incluso flotas)

        Embarcaciones

        Muebles y enseres

El leasing tiene características especiales que le permiten ser un instrumento útil a las empresas para realizar su planeamiento tributario. Así, cuando realice una operación de leasing, el cliente podrá registrar como gasto la depreciación del activo más los intereses financieros. Asimismo, podrá acelerar la depreciación de los bienes en forma lineal hasta en el plazo del contrato, cuya duración mínima es de 24 meses para el caso de bienes muebles y de 60 meses para el caso de bienes inmuebles.

El leaseback o retroarrendamiento financiero, en el que el proveedor y el cliente son la misma persona, permite obtener capital de trabajo mediante la realización de tus propios activos.


Marco Legal

DL Nro. 299. Ley que define y regula el arrendamiento financiero.

Ley Nro. 27394. Ley que modifica el artículo 18° del DL 299, en el que considera a los bienes objeto de arrendamiento financiero como activo fijo del cliente (arrendatario).

DL Nro. 915. Ley que precisa los alcances de la Ley Nro. 27394.

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